Concejo Municipal: Reunión sobre el Código de Convivencia
Concejalas y concejales analizaron otros aspectos de la propuesta enviada por el Departamento Ejecutivo.-
A través de la plataforma Zoom, prosiguió el análisis de diferentes artículos del proyecto de Código de Convivencia para reemplazar al actual Código de Faltas.-
Al iniciar el encuentro la concejala Magnani, precisó que el tema por tratarse en la jornada comprendía los artículos previstos en el libro IV del proyecto, que comprende faltas contra las autoridades municipales, bienes, espacio público y orden público y requirió “un esfuerzo de síntesis” a los representantes de las diferentes bancadas.-
Por su parte el edil Fiatti, explicó que “el proyecto retoma los principales ejes del actual Código de Faltas y a partir de ahí innova en distintas áreas. También estandariza la redacción, que a partir de reformas sucesivas había perdido esa armonía, para que se tenga bien descripta cada conducta”.-
En tanto en su intervención el concejal López Molina, señaló que “el orden del libro no es solo una formalidad, sino que expresa una posición política respecto a los bienes jurídicos a cuidar” y al respecto estimó que “no creo que la falta contra la autoridad pública sea el más importante”. –
Con respecto a la “problemática de los cuidacoches, no es una falta contra peatones, sino que debería incluirse en faltas contra el espacio público” y remarcó: “Es una falta contra la libertad y gratuidad del espacio público”.-
En otro momento también indicó la necesidad de sancionar “a quienes difunden música con parlantes” en el espacio público y puso como ejemplo aquellos que en los baúles de los autos tienen parlantes en Costa Alta o en la avenida Colombres, “conducta que produce enormes problemas”.-
En su momento la concejala Carbajal consultó si “no correspondería aclarar con el párrafo en algunas faltas, ‘siempre y cuando no tipifique un delito’ en los casos en los que pueda darse esa situación”. Aludió igualmente al artículo 158 y propone se haga referencia a la ordenanza Nº 9.450 y sus modificatorias, “porque se corre el riesgo de cristalizar en el Código conductas que pueden ser actualizadas”.-