Cannabis medicinal

El Gobierno autorizó en el Boletín Oficial el autocultivo controlado de cannabis medicinal, el acceso de sus aceites en farmacias autorizadas.-

Se trata de una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que “impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos”, busca asegurar “el acceso a las terapias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario“.-

La norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso“. También, se le otorga al médico “un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes” y se contempla la provisión “en forma gratuita por parte del Estado” de derivados de la planta a quienes tengan “indicación médica”.-

Asimismo, “se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica”.-

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular “las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento”.-

Además, se crea el “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales” en el marco del Ministerio de Salud.-

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