Se aprobó el Código de Convivencia

EL CÓDIGO

Exactamente a las 5.19 de hoy el Concejo Municipal votó por unanimidad en general el Código de Convivencia que en marzo pasado remitiera el Departamento Ejecutivo y que se discutiera durante varios meses en reuniones especiales de la comisión de Gobierno.-

El Código consta de 348 artículos y tras la votación en general se votaron, también de manera unánime la mayor parte de ellos.-

 

CIUDADANO DENUNCIANTE

Para comprobar un hecho o falta administrativa, se requiere un acta de un agente municipal, constataciones de medios del Estado, como puede ser a través de cámaras de seguridad o radares. Lo que se suma esta vez es el papel del ciudadano: cualquier rosarino o rosarina podrá denunciar ante el Tribunal de Faltas o en canales tecnológicos de la Municipalidad, a través de fotos y videos.-

 

CUIDACOCHES

Un caso por el cual el ciudadano podrá actuar de esa manera es ante algún vehículo mal estacionado o, incluso, alguna eventual mala situación con cuidacoches en la vía pública. Lo que se hizo es incorporar la figura de extorsión al Código, figura penal en la que la Municipalidad no tenía competencia.

En ese punto se establece que “la persona que, mediante actos determinados obstruya o altere la fluidez o seguridad del tránsito, o que mediante actos extorsivos y/o de cualquier otra manera se arrogue preferencia de uso sobre la calzada, será sancionada con multa de 10 a 200 UF y/o con la realización de tareas educativas y concientizadoras”.

 

JUICIO POR JURADO VECINAL Y MEDIACIÓN

Se incorpora a la mediación como mecanismo a la hora de la sanción. Por otro lado, otra figura que se suma para darle un rol activo al ciudadano es el Jurado vecinal que podrá ejercer de tribunal en un juicio únicamente cuando se trate de infracciones que impliquen graves afectaciones a la convivencia ciudadana. Este juzgamiento no procede en los casos de discriminación, por religión, discapacidad, genero, o etnia.-

 

ESPACIO PÚBLICO

La utilización del espacio público y verde por grupos de entrenamientos físicos y deportivos de manera abusiva serán sancionados. En los parques se puede ver a grupos entrenar, apropiarse del espacio, incluso con una actividad privada de lucro en un lugar público, muchas veces reduciendo el uso a los ciudadanos.

Eso, en teoría, se regulará. Hay que ver si hay actividad de agentes para actuar de oficio o dependen de la voluntad del vecino de denunciar ahora que puede.  Lo mismo sucede para eventos sociales, por ejemplo, un festejo de cumpleaños que se salga de la vaina en un parque. El código estable como falta las fiestas clandestinas en espacios públicos.-

 

BASTA DE “PIROPOS”

El acoso sexual callejero, ya sea agresiones físicas o verbales , contacto o insinuaciones, comentarios sexuales y seguimientos, será sancionado económicamente y también, como pena complementaria, la realización de actividades educativas y concientizadoras.-

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